1.- Los beneficios antes señalados se aplican sobre el valor insoluto de la deuda.
2.- Para papeletas que se encuentran en cobranza coactiva se aplicará descuento del 50% sobre costas procedimentales y gastos administrativos.
3.- Los descuentos antes detallados no se aplican para las papeletas de infracción de códigos M-01, M-02, M-03, M-04 y M-05.
4.- En caso de encontrarse la deuda de la infracción en procedimiento de fraccionamiento, durante la vigencia de la amnistía, se aplicará el descuento respectivo a todas las cuotas restantes, al culminarse el periodo de amnistía las cuotas impagas retornarán al monto original.
5.- Los beneficios antes señalados solo se aplican sobre el valor total de la multa, y después de vencido el periodo del descuento de ley.
6.- Los beneficios antes señalados no alcanzan a aquellas personas que inicien el trámite de la prescripción de deuda.
7.- Para los casos en los que se solicite prescripción de la exigibilidad de la deuda coactiva, el pago de las costas procedimentales se efectuará al 100% sin reducción, conforme al TUPA.
8.- En los casos en los que la deuda en materia de tránsito se encuentre en vía coactiva y la Entidad Bancaria haya comunicado la existencia de fondos del deudor a favor de la Municipalidad Provincial del Callao, no se aplicarán los descuentos antes descritos.
9.- El acogimiento al beneficio de reducción, implica el reconocimiento de la infracción conforme a lo dispuesto en el artículo 336° del Reglamento de Tránsito.
10.- El descuento del 20% aplica sobre el valor inicialmente descontado para los infractores que residan en la Provincia Constitucional del Callao, según información del RENIEC.
11.- Durante las dos primeras semanas del periodo de amnistía, se tendrá beneficio adicional de un 5%, sobre el valor inicialmente descontado.